Aplazamiento de la entrada en vigor VERIFACTU y el SISTEMA SII

Conocida esta semana la decisión de aplazar la entrada en vigor de VERIFACTU a 2027, mediante la aprobación del Real Decreto-ley 15/2025 publicado en el BOE (pendiente aún de convalidar en el Congreso de los Diputados), muchos son los contribuyentes perjudicados.

Entre esos empresarios y profesionales están aquellos que solicitaron, con el objetivo de evitar la aplicación del VERIFACTU, su inclusión en el Suministro Inmediato de Información (SII), ya que, en la práctica esto supone para ellos estar en el SII durante todo el ejercicio 2026 sin posibilidad, en principio, de renunciar a ello durante el mes de diciembre. Esto es debido a los plazos que regulan la renuncia al sistema SII, ya que, una vez ejercitada la opción, esta renuncia debe realizarse en el mes de noviembre del año natural anterior a aquel en el que deba surtir efecto.

Por tanto, se plantean dos situaciones:

  1. El Real Decreto-ley 15/2025 no es convalidado por falta de apoyos parlamentarios (no es la primera vez que ocurre en fechas recientes). Esto supondría su derogación, VERIFACTU entraría en vigor y la empresa que optó por el sistema SII estaría incluida en el mismo.
  2. El Real Decreto-ley 15/2025 sigue adelante, VERIFACTU finalmente se aplazaría al periodo 2027, y muchas empresas habrían solicitado su inclusión en el sistema SII condicionadas por una norma que no entra finalmente en vigor en 2026.

Desde Qualium Asesores estamos trabajando para solventar esta situación, ya que, según la doctrina del Tribunal Supremo, el ejercicio de las opciones tributarias no es irrevocable cuando cambiaron las circunstancias sobre las que se ejercitaron. En este sentido sentencia de 18 de mayo de 2020 del Tribunal Supremo en recurso de casación 5692/2017 o sentencia del alto tribunal de 15 de octubre de 2020 en recurso de casación 6189/2017, donde se reconoce la posibilidad de que un obligado tributario pueda rectificar una opción ejercida.

Además, el Tribunal Económico Administrativo Central ha aplicado la anterior jurisprudencia mencionada a distintos casos del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades (resoluciones 3890/2022 o 7110/2021), estableciendo que, la irrevocabilidad de las opciones tributarias debe interpretarse y entenderse mientras las circunstancias no cambien, permitiendo mudar al contribuyente su opción cuando lo hacen.

Por tanto, si VERIFACTU finalmente no entrase en vigor, y en base a los criterios expuestos, desde Qualium estamos estudiando la posible revocación de la opción inicialmente ejercitada por nuestros clientes, y todo ello, con el objetivo de no formar parte del sistema SII en el periodo 2026. 

Desde Qualium Asesores creemos necesario analizar la mejor opción, en base a un parámetro de coste de oportunidad, al poderse considerar preferible estar en el sistema SII durante el periodo 2026, en lugar de actualizar su programa a una nueva versión adaptada al mencionado Real Decreto 1007/2023.

Seguiremos informando de las acciones que desde Qualium proponemos realizar. 

Departamento Contable y fiscal de Qualium Asesores.

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