Newsletter 01/26: Novedades Tributarias 2026

El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, aprueba una serie de medidas de carácter tributario, que afectan al IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades. Entre ellas destacamos las siguientes:

  1. Se establece un plazo de renuncia extraordinario al sistema SII y al Registro de Devolución Mensual del IVA hasta el 31 de enero de 2026.
  1. Se prorrogan los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA, así como los límites cuantitativos para aplicar el régimen de estimación objetiva en el IRPF (módulos).
  1. Se extiende el plazo de renuncia o revocación al régimen de módulos hasta el 31 de enero de 2026.
  1. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas. 

Para el caso de viviendas en expectativa de alquiler deberán alquilarse antes del 31 de diciembre de 2027. Téngase en cuenta que, esta deducción tiene tres tipos: 

  1. Obras realizadas para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración: deducción del 20% con una base máxima de 5.000 euros
  2. Obras para la mejora del consumo de Energía primaria no renovable: deducción del 40% con una base máxima de 7.500 €
  3. Obras de Rehabilitación Energética en edificios: 60% con una base máxima de 5.000 €/año y 15.000 € en total, pudiendo deducirse en los cuatro años siguientes las cantidades no aplicadas.
  1. Se prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026, la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible e instalación de puntos de recarga. Recordemos que, esta deducción es del 15% y tiene como base máxima 20.000 €, incluyendo gastos y tributos.
  1. En el Impuesto sobre Sociedades, con efectos para los períodos impositivos que, iniciados a partir de 1 de enero de 2025 no hubiesen concluido a fecha 25 de diciembre de 2025, las inversiones en vehículos nuevos afectos a actividades económicas y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2024, 2025 y 2026 podrán ser amortizadas libremente, así como las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2024, 2025 y 2026.

Además, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2025, se prorroga al ejercicio 2026 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables

  1. Se extiende la línea directa de ayudas por la DANA a Comunidades de Bienes y entidades sin personalidad jurídica. El plazo de solicitud será desde el 21 de enero al 11 de marzo de 2026

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración. 

Departamento Contable y fiscal de Qualium Asesores.

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